MES DE ENERO 2019
La Unidad Municipal de Gestión Ambiental Municipal -UMGAR- Es la dependencia que se encarga de formular, ejecutar y evaluar proyectos que se relacionan con el campo ambiental de un municipio.
Su creación con base legal se encuentra en los artículos 64 y 97 de la Constitución Política de la República de Guatemala y en el artículo 35 del código Municipal, en donde se declara de interés nacional la conservación, protección y mejoramiento del patrimonio natural de la Nación.
Constitución Política de la República de Guatemala. Artículo 64. Patrimonio natural. Se declara de interés nacional la conservación, protección y mejoramiento del patrimonio natural de la Nación. El Estado fomentará la creación de parques nacionales, reservas y refugios naturales, los cuales son inalienables. Una ley garantizará su protección y la de la fauna y la flora que en ellos exista.
Constitución Política de la República de Guatemala. Artículo 97. Medio ambiente y equilibrio ecológico. El Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional están obligados a propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico. Se dictarán todas las normas necesarias para garantizar que la utilización y el aprovechamiento de la fauna, de la flora, de la tierra y del agua, se realicen racionalmente, evitando su depredación.
Código municipal. Artículo 35, L. al concejo le compete la organización de cuerpos técnicos, asesores y consultivos que sean necesarios al municipio.
La importancia de esta unidad radica en que permite al Alcalde y Concejo Municipal contar con asesoría en gestión ambiental para diferentes áreas de competencia de los gobiernos locales, como por ejemplo Gestionar proyectos enfocados a la recuperación y protección del medio ambiente, con el fin de mejorar la calidad de vida de los habitantes del municipio.
Dentro de las funciones y actividades que la Dirección Municipal de Planificación ha desarrollado, por medio de (UMGAR), durante el período comprendido del 2 de enero al 30 de enero del año 2019, las cuales se detallan de la siguiente manera:
INFORME:
Durante este periodo se realizó el proceso de identificación de lugares donde irán instaladas las banderolas y placas adosadas de la nomenclatura, y visita de campo en aldea el salitre, para la ejecución de un pozo de infiltración
Elmar Iván Ravanales Velásquez:
TÉCNICO AMBIENTALISTA: